Colonos de Ciudad Satélite, A.C

En relación con lo establecido en los incisos a) y d) del Artículo 33, de los estatutos vigentes de Colonos de Ciudad Satélite, A.C., los integrantes del Comité de Vigilancia, rendimos el siguiente informe:

Hemos recibido el resultado de la Auditoría practicada a los Estados Financieros al 31 de diciembre del 2017, de COLONOS DE CIUDAD SATELITE, A.C., los citados Estados fueron formulados y entregados para su dictamen por la Administración de Colonos de Ciudad Satélite, A.C.

El dictamen de Auditoria fue emitido por el despacho de Auditores PARADA TORIS Y ASOCIADOS, S.C. y firmado por el C.P.C. Enrique Parada Sánchez, en el cual se manifiesta la opinión del auditor independiente, mencionando que los estados NO presentan la situación financiera de la Asociación.

Asimismo el dictamen de Auditoria incluye una serie de notas y observaciones, en relación a ingresos, egresos y situación fiscal de la Asociación y de entre ellas destacan las siguientes irregularidades:

1. INGRESOS

a) Se determinó que los ingresos por cuotas de asociados no fueron depositados en su totalidad como lo establecen los estatutos de la Asociación. La suma de ingresos del ejercicio 2017, según relación de recibos expedidos fue de $3,655,417.60 (tres millones seiscientos cincuenta

y cinco mil cuatrocientos diecisiete pesos 60/100 m.n.), de esta suma no fueron depositados en bancos $1,042,416.70 (un millón cuarenta y dos mil cuatrocientos dieciséis pesos 70/100 m.n.), ya que se pagaron gastos directamente con este efectivo.

Observación del Comité de Vigilancia: Omisión en la aplicación del Artículo 29, inciso b) de los estatutos que marca "Depositar TODOS los fondos que ingresan a la Asociación, a más tardar al día siguiente Hábil de haber sido recibidos, en la cuenta de inversión sin riesgo que será determinada por la mesa directiva".

b) Se identificaron facturas electrónicas expedidas y vigentes, las cuales no se registraron en contabilidad. Estas facturas fueron cobradas y depositadas en la cuenta bancaria de la Asociación, pero su cobro fue asignado a otros recibos que no tienen relación con las facturas.

El monto de esta partida asciende a la cantidad de $79,000.21 (setenta y nueve mil pesos 21/100 m.n.). Lo que implica un faltante de dinero por ingresar a la cuenta bancaria por esa misma cantidad.

Observación del Comité de Vigilancia: El faltante de fondos que arroja la Auditoria de la Asociación, representa un quebranto económico para la misma, y según lo marca los estatutos en el Artículo 29 inciso d) dentro de las funciones del tesorero se encuentra "Efectuar conjuntamente con el presidente, el manejo de los fondos de la Asociación, el cual deberá ser hecho precisamente a través de una institución bancaria, por medio de las cuentas que sean necesarias".

Asimismo omisión en la aplicación del Artículo 28 inciso g) de los estatutos que marca dentro de las funciones del Presidente, vigilar que los funcionarios y empleados administrativos de la Asociación cumplan eficientemente con sus obligaciones.

2. EGRESOS

a) No se puede comprobar y justificar el destino de los fondos entregados al Sr. Armando Bravo y López, y se está determinando un remanente distribuible por entrega de cantidades de dinero a asociados, por la cantidad de $140,000.00 (ciento cuarenta mil pesos 00/100 m.n.).

Observación del Comité de Vigilancia: Los depósitos de dinero efectuados a la cuenta del Presidente de la Asociación representan una omisión en la aplicación del Artículo 15 de los estatutos que marca "El patrimonio de la Asociación se constituye con todos los bienes y recursos que integran su haber social, el cual deberá destinarse única y exclusivamente para los fines de la misma.

Asimismo la omisión al último párrafo del Artículo 16 de los estatutos que a la letra dice “Todos los cargos de la mesa directiva, Comité de Vigilancia y Comisión de Honor serán desempeñados gratuitamente”.

INFORME FISCAL

a) Existe un pago por honorarios legales a la Lic. Beatriz Iglesias Zepeda, por un importe de $796,283.61 (setecientos noventa y seis mil doscientos ochenta y tres pesos 61/100 m.n.), existe la contingencia fiscal de que la Autoridad pretendiera cobrar la retención de I.S.R por un monto de $83,526.00 (ochenta y tres mil quinientos veintiséis pesos 00/100 m.n.) y la retención de I.V.A. por un monto de $89,094.00 (ochenta y nueve mil noventa y cuatro pesos 00/100 m.n.)

Observación del Comité de Vigilancia: El efectuar pagos por cantidades tan representativas como el de $796,283.61 (setecientos noventa y seis mil doscientos ochenta y tres pesos 61/100 m.n.), sin que exista la obtención de un comprobante fiscal y con la omisión de efectuar las retenciones de impuestos que corresponden cuando una persona moral realiza pagos de honorarios a una persona física, representan un pago efectuado en demasía a la abogada citada, por la suma de 172,620.00 (ciento setenta y dos mil seiscientos veinte pesos 00/100 m.n.), adicionalmente se tendrá que hacer el pago de las retenciones de impuestos mencionadas por una cantidad igual y será a cargo de la Asociación, sumado a lo anterior también la Asociación tendrá que cubrir la cantidad de $278,699.26 (doscientos setenta y ocho mil seiscientos noventa y nueve pesos 26/100 m.n.), por concepto de Impuesto Sobre la Renta, ya que al no contar con un comprobante fiscal se constituye como una erogación no deducible en términos del ordenamiento fiscal.

El dictamen también refleja diversas cantidades de impuestos por pagar a la fecha de cierre de la Auditoria.

Por último la Asociación obtuvo ingresos en el ejercicio 2017, por la cantidad de $3,632,737.00 (tres millones seiscientos treinta y dos mil setecientos treinta y siete pesos 00/100 m.n.), y efectuó gastos por $5,064,079.00 (cinco millones sesenta y cuatro mil setenta y nueve pesos 00/ 100 m.n.), los cuales exceden a los ingresos en $1,431,342.00 (un millón cuatrocientos treinta y un mil trescientos cuarenta y dos pesos 00/100 m.n.), constituyendo la cantidad antes citada como una pérdida para el mencionado ejercicio, con lo cual la presente administración de la Asociación, dispuso del patrimonio financiero acumulado de ejercicios anteriores por la cantidad de 1,431,342.00 (un millón cuatrocientos treinta y un mil trescientos cuarenta y dos pesos 00/100 m.n)

POR LO ANTES EXPUESTO:

El Comité de Vigilancia emite su Opinión: Estamos de acuerdo con las irregularidades determinadas en el dictamen de Auditoria elaborado por el Despacho Parada Toris y Asociados, S.C., tanto de índole financiero y repercusión fiscal y emitimos opinión DESFAVORABLE al manejo de la administración del patrimonio de Colonos de Ciudad Satélite, A.C., en relación a lo reglamentado en sus propios estatutos.

Atentamente.

Comité de Vigilancia.

C.P. BEATRIAZ GOMEZ VELASCO

PRESIDENTE

C.P. GILBERTO BECERRA GRAJALES

PRIMER VOCAL