USURA: ASIGNATURA PENDIENTE 

Sr. Armando Gordillo.

La Coordinación Nacional del Barzón Movimiento Jurídico Nacional solicita a Ud. atentamente la publicación del escrito anexo, como un aporte a la comunidad, ya que actualmente estamos recibiendo, gestionando y canalizando en nuestra oficinas innumerables casos de actos de irregularidad en inmuebles por la zona, además de casos de cartera vencida hipotecaria y de tarjetas de crédito, por la falta de información y educación en materia económica, financiera y jurídica, de los interesados o usufructuarios.
 
Siempre que hemos solicitado su apoyo lo hemos recibido, lo que demuestra el ejercicio de la libertad de prensa y la imparcialidad de 100 AÑOS... su prestigiado periódico, que se ha convertido en elemento de expresión importante en nuestra zona. 
 
Agradeciendo su atención y preocupación por la comunidad de la Zona Naucalpan, Atizapán y Tlalnepantla reciba ud. un cordial saludo.
USURA: ASIGNATURA PENDIENTE
Convención Americana Sobre Derechos Humanos (aprobado por el Senado y ratificado por México años 1980 - 1981):
 
ARTICULO 21. Párrafo 3. Tanto la usura como cualquier otra forma de explotación del hombre por el hombre deben ser prohibidos por la ley.
 
Este precepto constituye una norma de carácter obligatorio para el Estado Mexicano contenido en Articulo 1 de La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
 
USURA es un término moral y jurídico, debatido históricamente, para denominar el cobro excesivo sobre un préstamo, un bien material o un servicio. 
 
El precio justo o razonable de los préstamos, bienes y servicios, su administración y su organización honesta, con independencia de las condiciones de la oferta y la demanda, debe ser determinado en la legislación de los países estableciendo límites, apelando al principio de razonabilidad en el sistema económico.  
 
En México existe un claro obscuro jurídico en este tema, la tipificación de la usura como un delito y su inclusión en la legislación mercantil y civil de manera profunda, clara y juiciosa, así como su vigilancia y sanción es una asignatura pendiente   
 
Considerando que el dinero es un medio para medir el intercambio entre bienes y servicios, que es una referencia de medida como lo es el kilogramo, el metro, el watt, el litro entre otras medidas, que el dinero en sí mismo no es una mercancía, cuando pierde el carácter de medio y se convierte en el fin supremo de la existencia humana podemos decir que hemos perdido el rumbo como seres humanos.
 
La acumulación excesiva de dinero, de bienes materiales y el cobro desmedido de los servicios, daña el comportamiento humano, ocasionando inseguridad, violencia crímenes e infelicidad.
 
Si eres una persona afectada en tu economía por el exceso de cobro, de intereses, de bienes y servicios, así como de deficiente atención en alguna dependencia gubernamental no dudes en llamarme al teléfono: 
 
BARZÓN JURÍDICO NAUCALPAN ATIZAPÁN TLALNEPANTLA
LIC. MIGUEL ÁNGEL MARTÍNEZ ESTRADA
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