PAPA FAVORECE RAPIDEZ, NO LA NULIDAD MATRIMONIAL
Mediante la Bula Mitis ludex Dominus lesus el Papa ofrece algunos cambios que favorecen la rapidez en la declaración de nulidad matrimonial. Los cambios iniciaran a partir del ocho de diciembre del presente año. El principio de indisolubilidad del vínculo matrimonial se mantiene inalterable.
En los últimos días ha levantado revuelo mediático las declaraciones del Papa Francisco, quien mediante dos documentos: "Mitis Iudex Dominus lesus" y "Mitis et misericors lesus" ambos sobre la reforma del proceso canónico para las causas de declaración de nulidad de matrimonio, respectivamente en el Código de Derecho Canónico y en el Código de los Cánones de las Iglesias Orientales. Los dos documentos del Santo Padre Francisco publicados el pasado 8 de septiembre, tienen la categoría de Motu Propio.
Al respecto hay que aprender a leer en el contexto que éstos han sido emitidos. Hay que recordar que están elaborado precisamente en clave de "Año Jubilar de la Misericordia", por esa razón es que las disposiciones en ellos señaladas entraran en vigor el mismo día de la apertura del año jubilar convocado por el Papa a través de la Bula Misericordiae Vultus, invitando a asumir un estilo de vida cristiano caracterizado por la misericordia. Es un documento que agiliza el proceso y facilita los trármites, de ninguna manera se trata de algo que venga a declarar o a facilitar la nulidad. Se subraya, la rapidez de los procesos, junto con una adecuada sencillez con el fin de que, a raíz de la lenta definición del juicio, el corazón de los fieles que esperan la aclaración de su estado no esté largamente oprimido por las tinieblas de la duda.
Partiendo de esta clave de interpretación, la misericordia, el Papa en su Motu proprio ofrece un amplio recorrido de la doctrina que estable la autoridad, el Papa escribe que el Señor Jesús, "Juez clemente, Pastor de nuestras almas ha. confiado al apóstol Pedro y a sus sucesores el poder de las llaves para cumplir en la Iglesia la obra de Justicia y verdad; esta potestad suprema de atar y desatar aquí en la tierra, afirma, corrobora y reivindica la de los Pastores de las Iglesias particulares ... ".
A lo largo de los siglos -prosigue- la Iglesia en materia matrimonial, tomando conciencia más clara de las palabras de Cristo, ha entendido y expuesto con más profundidad la doctrina de la indisolubilidad del sacro vínculo del matrimonio, ha elaborado el sistema de nulidad del consenso matrimonial y ha disciplinado más adecuadamente el proceso judicial en materia, de modo que la disciplina eclesiástica fuese cada vez más coherente con la verdad de la fe profesada".
"Por lo tanto es la preocupación por la salvación de las alma que, hoy como ayer, sigue siendo el fin supremo de las instituciones, de las leyes y del derecho lo que impulsa al Obispo de Roma a ofrecer a lo obispos este documento de refoma ya que ellos comparten la tarea de I Iglesia, de tutelar en la unidad en la fe y en la disciplina sobre el matrimonio gozne y origen de la familia cristiano. El empuje reformador está alimentado por el gran número de fieles que, no obstante deseen estar en paz con su conciencia, a menudo están separsdos de las estructuras juridicas de I Iglesia a causa de la distancia física o moral; de ahí que la cáridad y la misericordia exijan que la misma Iglesia como madre se acerque a los hijo que considera separados".
Las medidas misericordiosas que se integran a la práctica jurídica en virtud del proceso de nulidad, ponen fin a una serie de procedimiento de hace 300 años, con la introducción de un "proceso breve y gratuito" para poder conseguirla. "¡Cuánta gente espera durante años una sentencia!" "tiene que viajar kilómetros" y "perder tiempo o días de trabajo", lamentaba el pontífice argentino sobre el largo y complicado procedimiento judicial, para conseguir la nulidad matrimonial Una respuesta, apunta el papa en su documentos, para "los fieles que se alejan ante las estructuras jurídicas de la Iglesia a causa de las distancia física o moral”.
Una de las grandes novedades que introduce el papa es la institución dé un "proceso breve" para conseguir la nulidad con la condición de que los dos cónyuges estén de acuerdo y que las condiciones para ello sean evidentes. La reforma del Papa Francisco, da la potestad al obispo de la diócesis de pertenencia de la pareja o de donde se casaron, para que se encargue de juzgar "los casos de nulidad más evidentes", en los procesos ordinarios, como hasta ahora, los casos serán estudiados por un tribunal formado por tres jueces. Otro de los puntos principales de la reforma de Francisco es el tema de la "gratuidad" de los procesos. El papa insta a que, excepción hecha de la justa y digna retribución de los empleados de los tribunales, "se garantice que el procedimiento sea gratuito". '